Cuando un trabajador, mujer u hombre, deja de percibir el seguro de desempleo al que ha contribuido con su cotización a la Seguridad social, puede acceder a una serie de ayudas o subsidios establecidos para las personas desempleadas.
El objetivo de este tipo de ayudas no puede ser otro que el de amparar a la persona desempleada que reúna una serie de requisitos referidos a su propia situación de precariedad, por la imposibilidad de acceder a un puesto de trabajo y la ausencia de ingresos personales, ya que ello afecta directamente a su dignidad y su independencia personal.
Sin embargo, en el Real Decreto-ley 5/2013 de 15 de marzo del 2013 el gobierno del PP estableció una nueva regulación de estas ayudas en las que incluía un requisito familiar que las liga a la renta disponible en la familia. ¿Qué quiere decir esto? Fundamentalmente, dos cosas.
La primera es que estas ayudas dejan de ser ayudas a la persona trabajadora para convertirse en una ayuda a la unidad familiar al asociar aquellas a la situación económica de éstas, en una clara perversión del campo de actuación de los departamentos de empleo y trabajo que invade el de los departamentos de asistencia social.
Una segunda consideración es que la administración pública con este subterfugio traslada directamente a las familias la carga económica de sus miembros desempleados. Esto, para un partido que hace de la defensa de la familia como unidad social uno de sus pilares ideológicos, no deja de ser una contradicción de tomo y lomo.
Se suele argumentar que de este modo se evita que gente con recursos familiares potentes puedan percibir este tipo de ayudas. A parte de dudar de que ello pudiera representar un porcentaje significativo de la población beneficiaria –no se han aportado datos en ningún caso–, es al trabajador al que hay que exigirle no disponer de una renta mínima, como ya hacía la normativa anterior, por que es su situación como tal la que se debe proteger. Recordar, por último, que la lista de requisitos que debe reunir para acceder a estas ayudas no se agota ni mucho menos en la renta. He aquí un ejemplo de los requisitos para las ayudas a las personas de más de 55 años: SEPE - Más de 55 años.
El objetivo de este tipo de ayudas no puede ser otro que el de amparar a la persona desempleada que reúna una serie de requisitos referidos a su propia situación de precariedad, por la imposibilidad de acceder a un puesto de trabajo y la ausencia de ingresos personales, ya que ello afecta directamente a su dignidad y su independencia personal.
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La primera es que estas ayudas dejan de ser ayudas a la persona trabajadora para convertirse en una ayuda a la unidad familiar al asociar aquellas a la situación económica de éstas, en una clara perversión del campo de actuación de los departamentos de empleo y trabajo que invade el de los departamentos de asistencia social.
Una segunda consideración es que la administración pública con este subterfugio traslada directamente a las familias la carga económica de sus miembros desempleados. Esto, para un partido que hace de la defensa de la familia como unidad social uno de sus pilares ideológicos, no deja de ser una contradicción de tomo y lomo.
Se suele argumentar que de este modo se evita que gente con recursos familiares potentes puedan percibir este tipo de ayudas. A parte de dudar de que ello pudiera representar un porcentaje significativo de la población beneficiaria –no se han aportado datos en ningún caso–, es al trabajador al que hay que exigirle no disponer de una renta mínima, como ya hacía la normativa anterior, por que es su situación como tal la que se debe proteger. Recordar, por último, que la lista de requisitos que debe reunir para acceder a estas ayudas no se agota ni mucho menos en la renta. He aquí un ejemplo de los requisitos para las ayudas a las personas de más de 55 años: SEPE - Más de 55 años.