Querido lector de cualquier sexo o condición, este cuaderno nace de mi necesidad de reflexionar y a ella exclusivamente responde; ni a mercados, ni a rankings, ni a audiencias.

Si lo que aquí escribo merece tu interés, te propongo que te suscribas a las novedades por medio del correo o de los feed para conocer cuando hay una nueva publicación, que es muy de vez en cuando. Sin publicidad.

Gracias por tu interés y bienvenidos sean los comentarios.

viernes, 3 de febrero de 2017

Ingresos mínimos... para familias

La aprobación ayer, 2 de febrero de 2017, de la Iniciativa popular presentada por CC.OO y UGT para garantizar unos ingresos mínimos no permite recuperar los derechos perdidos por las personas en paro, en la reforma de 2012 a las prestaciones y subsidios individuales. Hasta ese año las prestaciones eran un derecho individual. A partir de ese año la carga económica de las personas paradas se transfirió a las familias, computándose toda la renta familiar divida por el número de sus miembros para su concesión.

Esta iniciativa sólo alcanza en la práctica a extender sine die la ayuda a las familias en situación de pobreza, esto es, no alcanzar el 75% del SMI (salario mínimo interprofesional) a nivel familiar. Esta situación viene a reforzar las condiciones materiales de dependencia de los miembros de la unidad familiar, como las mujeres, por encima de cualquier discurso del buenismo ideológico de ONG.

En la cita siguiente se puede comprobar el verdadero alcance de esta medida que para nada tiene que ver con una ayuda individual.
LIMITE DE RENTAS 
POR SUJETO
Se considera que la persona no tiene ingresos adecuados cuando la
suma de sus rentas o ingresos sea inferior ( en computo anual), al 75%
del SMI, con exclusión de las pagas extraordinarias 
POR UNIDAD FAMILIAR
Si el solicitante convive con otras personas en una misma unidad
económica, además de carecer individualmente de rentas, la suma de
todas las rentas de los integrantes de la unidad familiar
 (incluido el

solicitante), dividida por el número de miembros que la componen no
puede superar el 75% del SMI, con exclusión de las pagas
extraordinarias 
CONCEPTO UNIDAD ECONOMICA FAMILIAR
La derivada de la convivencia con cónyuge, pareja de hecho,
ascendientes o descendientes en primer grado
.

Cualquier ayuda es bienvenida pero falta todavía un buen trecho para que desde la izquierda abandonemos el discurso económico del neo-liberalismo y recuperemos nuestros derechos sin vergüenza y con dignidad.